El presente decreto quiere hacer efectivo lo dispuesto por el artículo 31 de la Ley 5/2018, de 22 de junio, cuando establece que se crea el Observatorio de la Muerte Digna como herramienta que ha de servir para evaluar la calidad de la muerte en el Principado de Asturias y cuyas funciones y composición se desarrollarán reglamentariamente.