El Decreto 29/2011, de 13 de abril, por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley del Principado de Asturias 4/2005, de 28 de octubre, de Salario Social Básico, regula los requisitos y condiciones de acceso, la determinación y valoración de los recursos económicos computables, los programas, proyectos y planes de incorporación social, la dinámica del derecho, el procedimiento y las competencias administrativas y participación social.
Transcurridos varios años desde su aprobación y máxime, tras la entrada en vigor del Real Decreto Ley 20/2020, de 29 de mayo, por el que se establece el Ingreso Mínimo Vital, resulta necesario modificar algunos de los aspectos regulados en la citada norma, con el objeto de evitar determinadas situaciones que desvirtúan el espíritu de la propia ley, que define al salario social básico como una “prestación económica diferencial, complementaria y subsidiaria de cualquier otro tipo de recursos, derechos, rendimientos de bienes y prestaciones sociales económicas”, procurar la agilización del procedimiento, así como incorporar medidas incentivadoras del empleo para las personas beneficiarias.