El presente decreto recoge unas normas generales para el sector del juego y apuestas y unos criterios básicos para el otorgamiento de autorizaciones de establecimientos de juego y apuestas, fijándose un número máximo de las mismas y permitiendo al Consejo de Gobierno revisar este máximo en un plazo de tres años, para poder adaptar la oferta de juego a la realidad e incidencia social y sus repercusiones económicas y tributarias, de acuerdo con el citado artículo 4 de la Ley.
Resolución de sometimiento a trámite de información pública.
Plazo de información pública: del 29 de junio al 24 de julio.