De acuerdo a lo establecido en el artículo 50 de la ley 42/2007, de 13 de diciembre del patrimonio Natural y de la Biodiversidad, las reservas de la biosfera declaradas por la UNESCO tienen la consideración de áreas protegidas por instrumentos internacionales.
La declaración de la reserva de la biosfera de Ponga fue aprobada en la 30ª Sesión del Consejo Internacional de Coordinación del Programa el Hombre y la Biosfera de la UNESCO, celebrada en Palembang (Indonesia), del 23 al 28 de julio de 2018.
De forma consecuente con esta declaración, procede establecer los órganos de gestión de este espacio.
Los órganos de gestión de estos espacios son necesarios para disponer de una figura ejecutiva que dirija las actividades incluidas en los Planes de Acción de la Reserva, así como de un foro de participación social que vele por el cumplimiento de la finalidad de la Reserva.
El objetivo de la norma es la creación de estos órganos de gestión, con definición de su composición y funciones, de forma coherente con los órganos de gestión del parque Natural de Ponga, espacio coincidente territorialmente con esta Reserva.
Ninguna.
Informe emitido automáticamente por la aplicación para hacer constar la publicación de la iniciativa.
Proyecto de decreto por el que se regulan los órganos de gestión de la Reserva de la Biosfera de Ponga.
Tipo
F. publicación
F. inicio de aportaciones
F. fin de aportaciones
Consejeria
Organismo
Consulta pública previa
2019-06-26
26/06/2019
11/07/2019
Consejería de Infraestructuras, Ordenación del Territorio y Medio Ambiente
Dirección General de Biodiversidad. Servicio de Vigilancia y Control de la Biodiversidad
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