Desarrollar reglamentariamente la Ley del Principado de Asturias 6/2019, de 29 de marzo, de Participación y Promoción Juvenil.
La aprobación del decreto deriva de la previsión de la Ley en cuanto a que las instalaciones comprendidas en la mencionada Ley de Participación y Promoción Juvenil, están sujetas para su funcionamiento al régimen de declaración responsable, determinándose reglamentariamente las condiciones y requisitos que han de cumplir y correspondiendo a la Consejería competente en materia de juventud mantener un censo con la finalidad de información, seguimiento, supervisión de las condiciones de funcionamiento y, en su caso, inspección y control.
La Administración del Principado de Asturias tiene el máximo interés en que las instalaciones juveniles funcionen con las máximas condiciones de seguridad y en garantizar el acceso a ellas en condiciones de igualdad.
No constan en este momento, una vez que la entrada en vigor de la mencionada ley de Participación y Promoción Juvenil prevé el desarrollo reglamentario en lo que a instalaciones juveniles se refiere.
Informe emitido automáticamente por la aplicación para hacer constar la publicación de la iniciativa.
Proyecto de decreto por el que se regula el Censo de Instalaciones Juveniles del Principado de Asturias.
Tipo
F. publicación
F. inicio de aportaciones
F. fin de aportaciones
Consejeria
Organismo
Consulta pública previa
2020-06-05
06/06/2020
20/06/2020
Consejería de Presidencia
Instituto Asturiano de la Juventud
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