* La consulta pública previa tiene por objeto recabar la opinión de la ciudadanía y de las organizaciones más representativas potencialmente afectadas por la futura norma, antes de la elaboración de una disposición normativa, es decir, antes de la elaboración del borrador. (Acuerdo de 25 de enero de 2017, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueban las directrices para la ordenación de la participación ciudadana en el procedimiento de elaboración normativa en el ámbito de la Administración del Principado de Asturias).
Indefinición y por tanto, desarrollo de la Ley 2/2019 para condiciones de venta directa en cuanto a obligaciones de operadores, requisitos específicos de los productos objeto de venta directa y cantidades máximas de productos primario/transformado por productor y año.
Desarrollo reglamentario de la Ley para dar seguridad a los productores y consumidores de los productos asturianos, en especial a los incluidos en la marca “Alimentos del Paraíso Natural”.
Establecer las condiciones, requisitos y demás circunstancias que permitan a sus productores efectuar la venta directa de productos.
No se contemplan.
Informe emitido automáticamente por la aplicación para hacer constar la publicación de la iniciativa.
Proyecto de decreto por el que se determinan los productos concretos y las cantidades de los mismos que puedan considerarse venta directa.
Tipo
F. publicación
F. inicio de aportaciones
F. fin de aportaciones
Consejeria
Organismo
Consulta pública previa
2022-07-04
05/07/2022
19/07/2022
Consejería de Medio Rural y Cohesión Territorial
Dirección General de Desarrollo Rural y Agroalimentación- Servicio de Desarrollo Agroalimentario.
Asturias Participa proporciona los canales de participación ciudadana en la toma de decisiones de gestión de la Administración del Principado de Asturias.