* La consulta pública previa tiene por objeto recabar la opinión de la ciudadanía y de las organizaciones más representativas potencialmente afectadas por la futura norma, antes de la elaboración de una disposición normativa, es decir, antes de la elaboración del borrador. (Acuerdo de 25 de enero de 2017, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueban las directrices para la ordenación de la participación ciudadana en el procedimiento de elaboración normativa en el ámbito de la Administración del Principado de Asturias).
La ausencia de un Registro oficial, de este tipo de montes permitirá además de dar cumplimiento a las previsiones legales, dotar de claridad a un tipo de montes de naturaleza singular y que es demandado por la sociedad, ha salido varias veces en prensa la queja de la falta de este registro acusando a la Administración de la diligencia debida en este tema.
Dar cumplimiento a la disposición final sexta de la Ley 3/2004 de Montes y Ordenación Forestal del Principado de Asturias.
Organizar y regular el registro de MVMC, determinando los requisitos exigibles para la inscripción, así como los parámetros fijados para obtener y, en su caso, facilitar la información.
No se conocen otras alternativas.
Informe emitido automáticamente por la aplicación para hacer constar la publicación de la iniciativa.
Proyecto de decreto por el que se crea y regula el funcionamiento del Registro de Montes Vecinales en Mano Común del Principado de Asturias.
Tipo
F. publicación
F. inicio de aportaciones
F. fin de aportaciones
Consejeria
Organismo
Consulta pública previa
2022-06-24
27/06/2022
08/07/2022
Consejería de Medio Rural y Cohesión Territorial
Dirección General de Infraestructuras Rurales y Montes - Servicio de Montes
Asturias Participa proporciona los canales de participación ciudadana en la toma de decisiones de gestión de la Administración del Principado de Asturias.