* La consulta pública previa tiene por objeto recabar la opinión de la ciudadanía y de las organizaciones más representativas potencialmente afectadas por la futura norma, antes de la elaboración de una disposición normativa, es decir, antes de la elaboración del borrador. (Acuerdo de 25 de enero de 2017, del Consejo de Gobierno, por el que se aprueban las directrices para la ordenación de la participación ciudadana en el procedimiento de elaboración normativa en el ámbito de la Administración del Principado de Asturias).
Supresión de trámites administrativos en virtud del artículo 129.6 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
La una reducción en el número de viviendas vendidas y arrendadas lo que da lugar a una reducción del ritmo edificatorio de viviendas de protección oficial, por lo que el registro de demandantes ya no atiende a los criterios de creación del el Real Decreto 066/2008, de 12 de diciembre, por el que se regula el Plan Estatal de Vivienda y Rehabilitación para el periodo 2009-2012.
Supresión de trámites administrativos en virtud del artículo 129.6 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre del rocedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Solo regulatorias.
Informe emitido automáticamente por la aplicación para hacer constar la publicación de la iniciativa.
Proyecto de Decreto por el que modifica el Decreto 56/2010, de 23 de junio, por el que se crea y regula el funcionamiento del Registro de demandantes de vivienda protegida del Principado de Asturias.
Tipo
F. publicación
F. inicio de aportaciones
F. fin de aportaciones
Consejeria
Organismo
Consulta pública previa
2020-12-15
15/12/2020
29/12/2020
Consejería de Derechos Sociales y Bienestar
Dirección General de Vivienda Servicio de Promoción y Financiación de la Vivienda
Asturias Participa proporciona los canales de participación ciudadana en la toma de decisiones de gestión de la Administración del Principado de Asturias.