Consulta Pública Previa

  • Rango: Decreto
  • Asunto: Proyecto de decreto de tercera modificación del Decreto 87/2009, de 29 de julio, por el que se establecen los precios públicos a aplicar por el Servicio de Salud del Principado de Asturias por la prestación de servicios sanitarios
  • Consejería: Consejería de Hacienda y Consejería de Salud.
  • Organismo: Secretarías Generales Técnicas. Servicio de Salud del Principado de Asturias Dirección Económico-Financiera y de Infraestructuras.
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Proyecto de decreto de tercera modificación del Decreto 87/2009, de 29 de julio, por el que se establecen los precios públicos a aplicar por el Servicio de Salud del Principado de Asturias por la prestación de servicios sanitarios

Consejería de Hacienda y Consejería de Salud.

Secretarías Generales Técnicas. Servicio de Salud del Principado de Asturias Dirección Económico-Financiera y de Infraestructuras.

¿Qué se pretende solucionar?

Modificar el régimen de actualización de precios y actualizar los precios públicos por la prestación de servicios sanitarios para 2020.

Necesidad y oportunidad de su aprobación

Conforme con lo establecido en la Ley 2/2015, de 30 de marzo, de desindexación de la economía española y el Real Decreto 55/2017, de 3 de febrero, por el que se desarrolla la Ley 2/2015, procede regular las revisiones no periódicas y periódicas no predeterminadas de valores monetarios de la prestación de servicios sanitarios del Servicio de Salud del Principado de Asturias de conformidad con la estructura de costes de la actividad cuyo valor monetario es objeto de revisión; se pondera cada componente de costes en función de su peso relativo en el valor íntegro de dicha actividad y de que sean indispensables para su realización.

Cumpliendo con lo establecido en el artículo 12 del Real Decreto 55/2017, de 3 de febrero, se procede a modificar el régimen de actualización de precios y a su actualización para 2020.

Objetivos de la norma

El presente decreto tiene por objeto modificar el Decreto del Principado de Asturias 87/2009 de 29 de julio, modificando el régimen de actualización de precios y estableciendo los precios públicos por prestación de servicios sanitarios para 2020.

Rango de la norma

Decreto

Soluciones alternativas

El texto refundido de las Leyes de Tasas y de Precios Públicos, aprobado por Decreto Legislativo del Principado de Asturias 1/1998, de 11 de junio, establece en su artículo 16.1 que el establecimiento, modificación o supresión de los precios públicos se realizará mediante Decreto del Consejo de Gobierno del Principado de Asturias, a propuesta conjunta de la Consejería competente en materia de Hacienda y de la Consejería que en cada caso corresponda en razón de la materia; por tanto, es preciso un Decreto para modificar estos precios públicos.


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Informe de la iniciativa

Proyecto de decreto de tercera modificación del Decreto 87/2009, de 29 de julio, por el que se establecen los precios públicos a aplicar por el Servicio de Salud del Principado de Asturias por la prestación de servicios sanitarios.

Tipo

F. publicación

F. inicio de aportaciones

F. fin de aportaciones

Consejeria

Organismo

Consulta pública previa

2020-02-08

08/02/2020

22/02/2020

Consejería de Hacienda y Consejería de Salud.

Secretarías Generales Técnicas. Servicio de Salud del Principado de Asturias Dirección Económico-Financiera y de Infraestructuras.

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