Dada la estructura actual del tejido empresarial en el Principado de Asturias de establecimientos que dispensan productos de una u otra índole del catálogo, que van desde una gran mayoría de Establecimientos que ofertan productos sin adaptación (andadores, sillas, manuales, etc.) o farmacias u ortopedias técnicas, y desde el punto de vista de aunar esta heterogeneidad, la necesaria regulación de un Registro, y a la vez poder dar al usuario una amplia oferta “de cercanía” de establecimientos dispensadores, creo oportuno que el Registro estuviera dividido, tanto a nivel de requisitos para poder entrar en él, como a productos que pueda dispensar cada uno de los establecimientos (es lógico pensar que no tienen porqué ser los mismos requisitos los exigibles para vender un andador o una silla manual básica prefabricados, que un corsé hecho a medida, ambos dentro del catálogo ortoprotésico). Así pues, creo que el Registro debería dejar acceder a los establecimientos que actualmente ofertan productos en la actualidad, sean de una u otra índole, ya que lo contrario sería mermar sin duda la accesibilidad de los usuarios a la oferta, pero bien, dividiendo a aquellos que se les permite hacer adaptación o fabricación de los productos, los cuales lógicamente deben de contar con unos requisitos específicos de formación e instalaciones, como es lógico, de aquellos que ofertan productos prefabricados y que no requieren adaptación, a los que lógicamente se les debería exigir sólo que los productos que comercialicen, sean de fabricantes que cumplan la normativa en cuanto a la fabricación de productos sanitarios y que exista una comunicación de responsable de venta de productos sanitarios a la Consejería. Podría ser también valorable, como pasó en otras regulaciones de anteriores de otras Consejerías, por ejemplo , que fuera valorable para el acceso, en los casos que proceda, fórmulas tipo “…x requisitos o tener una experiencia en el sector de x años” Así mismo, creo que se debe de dar un plazo con un plazo lo suficientemente amplio como para que nos podamos adaptar a la nueva normativa.
2020-03-02
El registro deberìa de estar formado por tècnicos especialistas que validaran los datos y caracteristicas de los productos adquiridos. Los terapeutas ocupacionales son los profesionales que se encargan de valorar las necesidades de prescripción de productos de apoyo por lo que deberìan de formar parte de èse registro.
2020-02-18