Formalizar normativamente el procedimiento de inscripción en el Registro de Mutualidades de Previsión Social del Principado de Asturias no integradas en la Seguridad Social, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 5 del Decreto 84/2017, de 22 de noviembre, por el que se crea el Registro de Mutualidades de Previsión Social del Principado de Asturias no integradas en la Seguridad Social.
La necesidad de la norma deriva de la voluntad de otorgar seguridad jurídica al procedimiento de inscripción, amparándose en la disposición final primera del Decreto 84/2017, de 22 de noviembre, por el que se crea el Registro de Mutualidades de Previsión Social del Principado de Asturias no integradas en la Seguridad Social que habilita a la persona titular de la Consejería competente en materia de mutualidades para dictar cuantas disposiciones sean necesarias para el desarrollo y ejecución de este decreto.
Concretar y desarrollar el procedimiento de inscripción de los distintos actos inscribibles en el Registro de Mutualidades de Previsión Social del Principado de Asturias no integradas en la Seguridad Social, de conformidad con lo dispuesto en la normativa de procedimiento administrativo común, fijando claramente las obligaciones de registro documental e información tanto respecto de las mutualidades como respecto de los miembros que integran la junta directiva y la dirección efectiva de la mutualidad.
Por razones de seguridad jurídica, no existe más alternativa que la de regular el procedimiento de inscripción mediante el instrumento normativo apropiado.
Informe emitido automáticamente por la aplicación para hacer constar la publicación de la iniciativa.
Propuesta de resolución por la que se regula el procedimiento de inscripción en el Registro de Mutualidades de Previsión Social del Principado de Asturias no integradas en la Seguridad Social.
Tipo
F. publicación
F. inicio de aportaciones
F. fin de aportaciones
Consejeria
Organismo
Consulta pública previa
2019-02-07
08/02/2019
22/02/2019
Consejería de Hacienda y Sector Público
Dirección General de Finanzas y Economía
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