En cumplimiento de la ley por la que se Crea el Sistema Nacional de Protección Civil, la futura ley de emergencias de Asturias debería de respetar las competencias de todos los cuerpos implicados en las emergencias, evitar duplicidades y coordinar la participación de todos ellos. Con los pocos datos que aparecen en la consulta pública previa, tal parece que el principal interés es la funcionarización del personal del SEPA, olvidándose de lo verdaderamente importante, que es el servicio que debe dar el Principado ante las distintas emergencias, coordinando medios y actuando de forma eficaz y eficiente. También resulta llamativo que en apartado de NECESIDADES Y OPORTUNIDADES se hable de los Servicios de Prevención y Extinción de incendios forestales, cuando la prevención de incendios forestales no corresponde al SEPA ni a la consejería de Presidencia, invadiendo competencias y funciones de otros cuerpos y de otra consejería. Por ello, lo que se espera de una ley de emergencias es que establezca las funciones que cada cuerpo implicado tenga, que coordine de forma eficaz esos medio y que aprovecha todos los recursos humanos, sin duplicidades y sin invadir competencias entre cuerpos, para que la sociedad asturiana tenga los mejores servicios de emergencias posibles.
2021-04-29
En las emergencias participan diferentes cuerpos con sus distintas competencias. En Asturias, la regulación actual sólo incluye a 112 Asturias, Bomberos de Asturias y Protección Civil, pero también hay otros colectivos que tienen participación directa en emergencias y que deberían ser incluidos en esa futura ley. En concreto, los Agentes del Medio Natural, que tienen un despliegue territorial por toda Asturias, que ya tienen la condición de Agentes de la Autoridad y un conocimiento profundo del territorio que debería ser aprovechado. Además, es necesario dar cumplimiento a la Ley por la que se crea el Sistema Nacional de Protección Civil que define en su artículo 17 quiénes son los servicio de intervención y asistencia en emergencias de protección civil. Dentro de ese artículo, están incluidos los Agentes Medioambientales (en Asturias Agentes del Medio Natural). Los Agentes del Medio Natural también tienen una participación importante y directa en el Plan de Emergencias por Incendios Forestales (INFOPA). En la participación en este plan es necesario el establecimiento de la colaboración y coordinación con otros cuerpos, definiendo sus funciones e integrando a los Agentes del Medio Natural dentro de la sala del 112. Esto evitaría la descoordinación actual y mejoraría sustancialmente el servicio público que prestan los Agentes del Medio Natural. Por el despliegue territorial y el conocimiento del medio, también se deberían de integrar a los Agentes del Medio Natural en otros protocolos donde se puedan aprovechar esos conocimientos. Especialmente, en los planes de inundaciones, búsqueda de personas, nevadas y otras emergencias de protección civil. Con respecto a las competencias en prevención de incendios, dichas competencias recaen en la Consejería competente en materia forestal. La vigilancia preventiva y el control de actividades susceptibles de provocar incendios forestales es competencia de los Agentes del Medio Natural. También lo sería, dada la condición de Agentes de la Autoridad y de Policía Judicial, la investigación de incendios forestales. Al objeto de evitar lo que establece la Ley 3/85 de Ordenación de La Función Pública de la Administración del Principado de Asturias, donde en su artículo 17 establece que “en ningún caso se podrán crear Cuerpos de Administración Especial, dentro de un mismo nivel de titulación, para la realización de funciones similares o análogas a las asignadas a otros ya existentes.” Por todo lo expuesto, se considera que se deben de integrar dentro de la ley de emergencias a los Agentes del Medio Natural, dentro de sus competencias y funciones en emergencias, aprovechando todos los recursos y mejorando el servicio público que debe prestar la administración asturiana.
2021-04-21
Dentro de la Administración autonómica, existe el cuerpo de GUARDERÍA DEL MEDIO NATURAL, funcionarios públicos encargados de la protección, vigilancia y custodia de los recursos naturales, entre otras muchas funciones. Es un cuerpo que se encuentra desplegado por toda la Comunidad Autónoma. Están incluidos en la Plan de emergencias por incendios forestales INFOPA , realizan labores de vigilancia preventiva en incendios forestales (pasiva y activa). En los últimos tiempos se ha visto un gran aumento del uso recreativo del medio natural, y como consecuencia de ello, se ha generado un aumento muy significativo de las emergencias relacionadas con personas extraviadas/perdidas en el medio natural o accidentadas. Partiendo de la base que la Guardería del Medio Natural se encuentra distribuida por todas las comarcas de la Región y que el medio natural es su "oficina" de trabajo, por lo que son grandes conocedores del terreno. Y sería de gran ayuda su colaboración en estos casos. Por todo lo anterior, se hace necesaria la inclusión del colectivo de Guardería del Medio Natural en la futura Ley de Emergencias y Protección Civil. Ello redundaría en un mejor servicio público.
2021-04-17